“GRUPO CIUDADANO PRO GOBERNABILIDAD DE LA EDUCACIÓN PERUANA – GCPGEP”
Lima, 12 de octubre del 2011
DRA. PATRICIA SALAS O´BRIEN
MINISTRA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN
ASUNTO: Opinión respecto a la problemática de la implementación de las Leyes 24029, 25212 y 29062
En atención a la invitación pública formulada por su Despacho, me es grato informarle que nuestro Grupo Ciudadano ha acordado comunicarle nuestras recomendaciones sobre el asunto del rubro.
Consideramos que por defectos de la Ley 29062 y errores en su interpretación, reglamentación y aplicación, el Ministerio de Educación del gobierno anterior ha generado un proceso que divide a los docentes nombrados al servicio del Estado en dos Carreras, cada una con su propio régimen laboral. Para resolver el impasse y a fin de evitar previsibles conflictos, el GCPGEP, luego de un amplio análisis, ha resumido sus recomendaciones generales al respecto en tres puntos:
1. Debe mantenerse la plena vigencia de la Ley del Profesorado (Ley 24029, modificada por la Ley 25212), desarrollándola como un "Estatuto de la Función Docente" y excluyendo los artículos 29 al 34 referentes a la "Carrera Pública del Profesorado", que la Ley 29062 ha sustituido por la "Carrera Pública Magisterial-CPM".
2. La Ley 29062 ("Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la Carrera Pública Magisterial") debe limitarse específicamente, como lo indica su título y lo dispone la Ley General de Educación, a ser una "Ley de la Carrera Pública Magisterial", excluyendo todos los artículos que no se refieran a dicha Carrera. Esos artículos excedentes deberían integrarse al "Estatuto de la Función Docente" en cuanto más favorables a los docentes.
3. El Ministerio de Educación debe ser autorizado para reprogramar el tránsito gradual de todos los docentes de la "Carrera Pública del Profesorado" a la "Carrera Pública Magisterial", aplicando el criterio de "incorporación", que fija la Segunda de las Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales de la Ley 29062 (criterio proveniente del proyecto del Ejecutivo), y el criterio de "homologación" (previa verificación y certificación de requisitos y evaluaciones) que ha añadido la Octava de dichas Disposiciones.
Nuestro Grupo Ciudadano queda a su disposición para sustentar nuestra propuesta y otras propuestas relativas a su implementación, y reitera a usted la oferta de cooperación que le expresamos en nuestra carta de fecha 10 de agosto pasado, pues consideramos nuestro deber y derecho, el contribuir al mejor éxito de la revolución educativa prometida por el Presidente Ollanta Humala.
Con este grato motivo expresamos a usted, señora Ministra, los sentimientos de nuestra mayor consideración y estima.
Muy atentamente,
CARLOS MALPICA FAUSTOR
Coordinador del GCPGEP
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